Nuevas medidas de protección frente a las subidas de los tipos de interés en las hipotecas



El día 24 de noviembre del 2022, ha entrado en vigor el Decreto Ley que establece una serie de medidas sociales para ayudar a familias con graves dificultades económicas, a hacer frente a las fuertes subidas de los tipos de interés de las hipotecas sobre su vivienda habitual.

Se trata de un código de buenas prácticas que no es obligatorio para los bancos, pero con la intención de que la mayoría de ellos suscriban un convenio para su ejecución. Una vez suscritas, las entidades financieras estarán obligadas a cumplir dichas prácticas en las hipotecas.

Se podrán adherir a los códigos de forma inmediata (con un plazo máximo de un mes contando desde el 24 de noviembre de 2022) y se pretende que dichas medidas, se ejecuten a partir del 1 de enero de 2023.

Tipos de ayudas para las hipotecas

Así pues, se establecen tres clases de ayudas para las hipotecas, en función de las ganancias de la unidad familiar:

1. Medidas para familias con menos recursos:

¿A quiénes van destinadas? A familias con rentas inferiores a los 25.200 euros al año (3 veces el IPREM) o que se encuentren en circunstancias de especial vulnerabilidad económica (discapacidades, víctimas de violencia de género…). Para ello, se distinguen dos tipos de medidas:

  1. Si tienen que destinar más del 50% de sus ingresos mensuales al pago de la hipoteca, podrán solicitar una carencia de 5 años en el pago del principal, con una rebaja del tipo de interés (desde el Euríbor +0,25 actual, hasta Euríbor -0,10%). Asimismo, se ampliará a dos años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda.
  2. Si NO tienen que destinar más del 50% de sus ingresos mensuales al pago de la hipoteca, podrán solicitar una carencia de 2 años en el pago del principal del préstamo, con un tipo de interés menor y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.

2. Medidas para familias con rentas inferiores a 29.400 €:

¿A quiénes van destinadas? A familias de clase media que perciban rentas inferiores a 29.400 euros (3,5 veces el IPREM) que tengan que hacer frente a una cuota hipotecaria superior al 30% de sus ingresos mensuales y que hayan visto incrementada la carga hipotecaria en al menos el 20%. Se aplica a todas las hipotecas que se firmen hasta el 31 de diciembre de 2022.

Para estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelar la cuota del préstamo durante 12 meses; una reducción del tipo de interés aplicable al principal que se aplace; o un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.

3. Medidas para facilitar la amortización anticipada del préstamo hipotecario y el cambio del tipo de interés variable a fijo:

Durante todo el año 2023 se eliminarán las comisiones por amortización anticipada, de manera que se podrá reducir el capital pendiente de pago sin tener que pagar una penalización por ello. Y, además, tampoco se pagarán gastos por cambiar una hipoteca de interés variable a interés fijo.

Finalmente, en caso de que el crédito se transmitiera a un tercero, las entidades financieras, le deberán garantizar la protección de estas medidas. De esta forma, se garantiza el mantenimiento de las condiciones en el caso de cesión del crédito hipotecario a un tercero, como podría ser por ejemplo, un fondo de inversión.

Con este Real Decreto-ley, se busca aliviar la carga hipotecaria de más de un millón de familias vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad a causa de la subida que está teniendo el euríbor desde hace unos meses y que está perjudicando a aproximadamente un tercio de los hogares que tienen hipotecas variables en España.

Los comentarios están cerrados.